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Licencia de funcionamiento

RESOLUCIÓN No. 8992 DE 21 sep 2018

POR MEDIO DE LA CUAL SE REGISTRA Y RENUEVA PROGRAMAS AL INSTITUTO PARA EL TRABAJO Y DESARROLLO HUMANO ESCUELA GASTRONÓMICA DE OCCIDENTE S.A.S. (SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA).

EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN MUNICIPAL DE PEREIRA, en uso de las atribuciones legales, en especial las conferidas, por las leyes 115 de 1994, y 715 de 2001, y el Decreto 1075 de 2015 parte 6 artículo 2.6.1.1 y Decreto Municipal 244 de 2012, y

 

CONSIDERANDO

Que el artículo de la constitución política, faculta a los particulares para fundar establecimientos educativos.

Que en cumplimiento de lo establecido por el artículo 20° de la ley 715 de 2001, el Ministerio de Educación Nacional otorgó Certificación al Municipio de Pereira, mediante la Resolución No. 2494 del 8 de noviembre de 2002.

Que de conformidad con las leyes 115 de 1994 y 715 de 2001, así como el Decreto 1075 de 2015, es competencia del Secretario de Educación Municipal, otorgar las Licencias de Funcionamiento o Autorización Oficial a los Establecimientos Educativos Públicos o Privados, de Educación Formal y para el Trabajo y el Desarrollo Humano, que cumplan con los requisitos para prestar el servicio educativo en los diferentes Niveles, Ciclos, Grados y/o registrar sus respectivos programas;

Que de igual manera es competencia de los municipios certificados: A) Dirigir, planificar y prestar el servicio educativo en los niveles Preescolar, Básica y Media, en condiciones de equidad, eficiencia y calidad. B) Ejercer la inspección, vigialancia y supervisión de la educación en su jurisdicción. C) Prestar asistencia técnica y administrativa a las instituciones cuando a ello haya lugar.

Que mediante oficio No. 42341 del 10 de agosto del 2.018, la señora MARIA CRISTINA PANESSO H. en calidad de Directora General de la ESCUELA GASTRONÓMICA DE OCCIDENTE EJE CAFETERO EGO CAFÉ, registro del nuevo programa PANADERO PASTELERO

En el capítulo 4, parte 6, título 1 artículo 2.6.4.7 del Decreto 1075 de 2015, establece que las instituciones de educación para el trabajo y el desarrollo humano podrán ofrecer programas de formación laboral para lo cual deben renovar y contar con Licencia de Funcionamiento o reconocimiento de carácter oficial y obtener el Registro del Programa a ofrecer.

Que de conformidad con las leyes 115 de 1994 y 715 de 2001, así como el Decreto 1075 de 2015, es competencia del Secretario de Educación Municipal, otorgar las Licencias de Funcionamiento o Autorización Oficial a los Establecimientos Educativos Públicos o Privados, de Educación Formal y para el Trabajo y el Desarrollo Humano, que cumplan con los requisitos para prestar el servicio educativo en los diferentes Niveles, Ciclos, Grados y/o registrar sus respectivos programas;

Por lo tanto, la Secretaría de Educación Municipal, designó al supervisor OSCAR MAYA SALAZAR, para hacer la respectiva visita con el objeto de verificar las condiciones reguladas en la normatividad vigente y con el propósito de conceptuar la viabilidad para la renovación, registro y modicifación de la licencia por cambio de dirección, emitiendo informe con fecha de 16 de mayo del 2018 y remitido a la Oficina de Gestión Jurídica mediante oficio No. 17438 con constancia de recibido el día 23 de mayo del presente año, conceptuando que:

Conclusión: "Qué Efectuada la revisión documental y la verificación de los requisitos básicos de funcionamiento de acuerdo con el Decreto 4904 de diciembre 16 del año 2009 y Decreto 1075 de mayo".

 

RESOLUCIÓN No. 8992 DE 21 sep 2018

POR MEDIO DE LA CUAL SE REGISTRA Y RENUEVA PROGRAMAS AL INSTITUTO PARA EL TRABAJO Y DESARROLLO HUMANO ESCUELA GASTRONÓMICA DE OCCIDENTE S.A.S. (SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA).

1. "Renueve el registro al programa TÉCNICO LABORAL POR COMPETENCIAS EN CHEF ALTA COCINA por el termino de cinco (5) años"

2. "Registre por primera vez a los programas formación técnica laboral por competencias en PANADERÍA Y PASTELERÍA por cinco (5) años)"

"Hacen parte integral de este informe":

"Carta de solicitud para el registro del programa"

"Documento en formato C.D. con la siguiente información:

  1. PEI

  2. Uso del suelo

  3. Concepto saniario

  4. Certificado de bomberos

  5. Reglamento estudiantil, financiero y académico

  6. Registro de Cámara de Comercio

  7. Presupuesto avalado por contador público

  8. Hoja de vida de los profesores

  9. Convenios Interinstitucionales para la realización de prácticas

  10. Póliza de seguro

  11. Convenio para pasantías

  12. Reglamento de higiene y seguridad industrial

  13. Licencia de construcción"

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO Registrar por primera vez al programa FORMACIÓN TÉCNICA LABORAL POR COMPETENCIAS EN PANADERÍA Y PASTELERÍA por cinco (5) años por el término de cinco (5) años al establecimiento denominado ESCUELA GASTRONÓMICA DEL OCCIDENTE EJE CAFETERO EGO CAFE S.A.S. ubicado en la calle 13 No. 17-50 Pinares de San Martin, identificado con Nit. No. 900333696-1, email: informes@escuelagastronomicaegocafe.com, de naturaleza privado, de propiedad de Escuela Gastronómica de Occidente S.A.S. (Sociedad por acciones simplificadas), personalidad jurídica: Sociedad, representante legal y Directora MARIA CRISTINA PANESSO HERNANDEZ identificada con c.c. No. 31939095.

Nombre del programa

Total horas

Costo total

Metodología

Escolaridad

Jornadas

Certificado a otorgar

Técnico laboral en panadería y pastelería

712 horas

10.871.450

presencial

Grado 9

Diurna, nocturna y fin de semana

Técnico Laboral por Competencias en Panadería y Pastelería

 

RESOLUCIÓN No. 8992 DE 21 sep 2018

POR MEDIO DE LA CUAL SE REGISTRA Y RENUEVA PROGRAMAS AL INSTITUTO PARA EL TRABAJO Y DESARROLLO HUMANO ESCUELA GASTRONÓMICA DE OCCIDENTE S.A.S. (SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA).

ARTÍCULO SEGUNDO: RENOVAR por el término de cinco (5) años el programa en CHEF EN ALTA COCINA.

Nombre del programa

Total horas

Costo total

Metodología

Escolaridad

Jornadas

Certificado a otorgar

Técnico laboral en chef en alta cocina

1.315 horas

20.520.000

presencial

Grado 9

Diurna, nocturna y fin de semana

Técnico Laboral por Competencias en Chef en Alta Cocina

PARÁGRAFO: Para efectos de la actualización del registro de estos programas, la institución deberá solicitar con una antelación de seis (6) meses a la fecha de su vencimiento, la renovación del mismo.

ARTÍCULO TERCERO: La Secretaría de Educación ingresará en el Sistema de información de la Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano SIET, los programas a los que se les haya renovado el registro.

  • PARÁGRAFO: Si la institución no solicita la renovación, expirará la vigencia del registro del programa y la institución no podrá admitir nuevos estudiantes para dicho programa.

ARTÍCULO CUARTO: Contra la presente resolución procede el recurso de reposición ante el secretario de Educación, y en subsidio de apelación ante el señor Alcalde, los cuales deberán interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de la notificiación, en los términos del Codigo de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

ARTÍCULO QUINTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

 

NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE

DANIEL LEONARDO PERDOMO GAMBOA                                              DORA ELSY LOPEZ GALINDO

Secretario de Educación Municipal                                                              Subsecretaria de Planeación y calidad

 

DIANA MARLENY ORTIZ MONTOYA

Directora Operativa Gestión Jurídica

 

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POR MEDIO DE LA CUAL SE REGISTRA Y RENUEVA PROGRAMAS AL INSTITUTO PARA EL TRABAJO Y DESARROLLO HUMANO ESCUELA GASTRONÓMICA DE OCCIDENTE S.A.S. (SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA).

 

CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN PERSONAL

Hoy 11 de octubre del año 2018, se hizo presente (la) señor(a) María Cristina Panesso Hernandez, identificada (o) con C.C. No. 41434095 con el fin de notificarle el contenido de la resolución  No.8992 del 4 de sep del año 2018.

Se le hace saber que contra la presente resolución proceden los recursos de reposición ante el Secretario de Educación Municipal y el de apelación ante el señor Alcalde dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación.

EL NOTIFICADO: Cristina Panesso

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

RENUNCIA A TERMINOS: SI X NO